ALCANCE DE LA NIA
Esta Norma Internacional de Auditoría (NIA) trata de las responsabilidades que tiene el auditor con respecto a otra información incluida en documentos que contienen estados financieros auditados y el correspondiente informe de auditoría. Sin embargo, el auditor examina la otra información porque la credibilidad de los estados financieros auditados puede verse menoscabada por incongruencias materiales entre los estados financieros auditados y la otra información.
En esta NIA por documentos que contienen los estados financieros auditados se entiende informes anuales (o documentos similares), que se emiten para los propietarios (o interesados similares), que contienen los estados financieros auditados y el correspondiente informe de auditoría.
Esta NIA también puede aplicarse, adaptada según resulte necesario en las circunstancias concretas, a otros documentos que contienen los estados financieros auditados, tales como los utilizados en las ofertas de valores.
Objetivo
El
objetivo del auditor es responder adecuadamente cuando los documentos que contienen
los estados financieros auditados y el correspondiente informe de auditoría
incluyen otra información que pueda menoscabar la credibilidad de los estados
financieros y del informe de auditoría.
Definiciones
A
efectos de las NIA, los siguientes términos tienen los significados que figuran
a continuación:
Ø (a) Otra información: información
financiera y no financiera (distinta de los estados financieros y del informe
de auditoría correspondiente) incluida, por las disposiciones legales o
reglamentarias o la costumbre, en un documento que contiene los estados
financieros auditados y el informe de auditoría correspondiente.
Ø (b) Incongruencia: contradicción entre
la información contenida en los estados financieros auditados y otra
información. Una incongruencia material puede poner en duda las conclusiones de
auditoría derivadas de la evidencia de auditoría obtenida previamente y,
posiblemente, la base de la opinión del auditor sobre los estados financieros.
Ø (c) Incorrección en la descripción de
un hecho: otra información no relacionada con cuestiones que aparecen en los
estados financieros auditados, que esté incorrectamente expresada o presentada.
Las incorrecciones materiales en la descripción de un hecho pueden menoscabar
la credibilidad del documento que contiene los estados financieros auditados.
Requerimientos
Examen
de otra información
El
auditor examinará la otra información con el fin de identificar incongruencias
materiales, si las hubiera, con los estados financieros auditados.
El auditor dispondrá lo necesario con
la dirección o con los responsables del gobierno de la entidad para obtener la
otra información antes de la fecha del informe de auditoría. Si no fuera
posible obtener toda la otra información antes de la fecha del informe de
auditoría, el auditor examinará ésta tan pronto como sea factible.
Incongruencias materiales
Si,
en su examen de la otra información, el auditor identifica una incongruencia
material, determinará si es necesario modificar los estados financieros
auditados o la otra información.
Incongruencias
materiales identificadas en la otra información obtenida antes de la fecha del
informe de auditoría
Si
es necesaria la modificación de los estados financieros auditados y la
dirección rehúsa hacerlo, el auditor expresará una opinión modificada en el
informe de auditoría de conformidad con la NIA 705.
Si es necesaria la modificación de la
otra información y la dirección rehúsa hacerlo, el auditor comunicará dicha
cuestión a los responsables del gobierno de la entidad, salvo que todos ellos
participen en la dirección de la entidad; e
Ø (a) incluirá en el informe de
auditoría un párrafo sobre Otras cuestiones que describa la incongruencia
material, de conformidad con la NIA 706
Ø (b) retendrá el informe de auditoría;
o
Ø
(c)
renunciará al encargo si las disposiciones legales o reglamentarias aplicables
así lo permiten.
Incongruencias
materiales identificadas en otra información obtenida con posterioridad a la
fecha del informe de auditoría
Si
es necesaria la modificación de los estados financieros auditados, el auditor
seguirá los requerimientos aplicables de la NIA 560.
Si
es necesaria la modificación de la otra información y la dirección acepta
hacerlo, el auditor realizará los procedimientos necesarios en las
circunstancias.
Si
es necesaria la modificación de la otra información y la dirección rehúsa
hacerlo, el auditor notificará sus reservas en relación con la otra información
a los responsables del gobierno de la entidad, salvo que todos ellos participen
en la dirección de la entidad, y adoptará cualquier medida adicional que
considere adecuada.
Incorrecciones materiales en la
descripción de un hecho
Si,
como resultado del examen de la otra información a efectos de identificar incongruencias
materiales, el auditor detecta una manifiesta incorrección material en la
descripción de un hecho, discutirá la cuestión con la dirección.
Si,
después de dicha discusión, el auditor aún considera que existe una aparente
incorrección material en la descripción de un hecho, solicitará a la dirección
que consulte a un tercero cualificado, tal como el asesor jurídico de la
entidad, y tomará en consideración el asesoramiento recibido.
Responsabilidades
adicionales, derivadas de requerimientos legales o reglamentarios, en relación
con otra información (Ref: Apartado 1)
El
auditor puede tener responsabilidades adicionales, derivadas de requerimientos
legales o reglamentarios, en relación con la otra información, que queden fuera
del alcance de esta NIA. Por ejemplo, algunas jurisdicciones pueden requerir
que el auditor aplique procedimientos específicos a una parte de la otra
información, tal como datos adicionales obligatorios, o que exprese una opinión
sobre la fiabilidad de los indicadores de resultado descritos en la otra
información. Cuando existen dichas obligaciones, las responsabilidades
adicionales del auditor vienen determinadas por la naturaleza del encargo, así
como por disposiciones legales o reglamentarias y normas profesionales. Si dicha
otra información se omite o contiene deficiencias, disposiciones legales o
reglamentarias pueden requerir al auditor que dé cuenta de ello en el informe
de auditoría.
Definición de otra información
Otra información puede comprender, por
ejemplo:
ü Un informe de la dirección o de los
responsables del gobierno de la entidad sobre las operaciones.
ü Resúmenes financieros o datos
financieros destacables.
ü Datos sobre la plantilla.
ü Inversiones de capital previstas.
ü Ratios financieros.
ü Nombres de los directivos y de los
administradores.
ü Determinados datos trimestrales.
A efectos de las NIA, otra información
no comprende, por ejemplo:
Ø Un comunicado de prensa o un escrito
de traslado, tal como una carta de presentación, que acompaña al documento que
contiene los estados financieros auditados y el correspondiente informe de
auditoría.
Ø Información contenida en
presentaciones de analistas.
Ø Información contenida en la página web
de la entidad.
Examen
de otra información
La
obtención de la otra información antes de la fecha del informe de auditoría
permite al auditor subsanar oportunamente con la dirección las posibles
incongruencias materiales y las aparentes incorrecciones materiales en la
descripción de un hecho. Puede resultar útil acordar con la dirección la fecha
en la que la otra información estará disponible.
Consideraciones
específicas para las entidades del sector público
En
el sector público, puede no ser posible renunciar al encargo o retener el
informe de auditoría. En dichos casos, el auditor puede emitir un informe
dirigido al órgano legal correspondiente detallando la incongruencia.
Incorrecciones materiales en la
descripción de un hecho
Al
discutir con la dirección sobre una aparente incorrección material en la
descripción de un hecho, el auditor puede no ser capaz de evaluar la validez de
alguna información incluida en la otra información ni las respuestas de la
dirección a las indagaciones del auditor, y puede concluir que existen
diferencias de juicio o de opinión fundadas.
Cuando
el auditor concluya que existe una incorrección material en la descripción de
un hecho que la dirección rehúsa corregir, entre las medidas adicionales
adecuadas que puede tomar está la de obtener asesoramiento jurídico.
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